
Marcas y tecnología: alcance del principio de especialidad en el ecosistema digital
14 de septiembre de 2026
El 4 de septiembre de 2026 se publicaron tres tesis aisladas del Vigésimo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Primer Circuito sobre la aplicación del principio de especialidad marcaria en mercados tecnológicos y digitales. En conjunto, sostienen que la evolución acelerada del ecosistema digital impide interpretar los registros marcarios de forma expansiva para incluir automáticamente categorías de bienes y servicios surgidas con posterioridad.
Los ejes interpretativos son los siguientes:
Primero, la tesis 2032596 establece que las categorías digitales nuevas no quedan comprendidas automáticamente en registros anteriores. Las descripciones amplias deben interpretarse conforme al contexto tecnológico existente al momento del registro, sin convertirlas en coberturas abiertas para innovaciones futuras. Segundo, la tesis 2032591 determina que la complementariedad entre software y hardware no se presume por su mera compatibilidad o interacción técnica; debe acreditarse una relación necesaria de dependencia económica y comercial. Tercero, la tesis 2032590 exige una aplicación dinámica del principio de especialidad: la similitud debe analizarse atendiendo a la naturaleza, función y realidad comercial de los productos, no sólo a usos compartidos o a su interacción técnica.
Los criterios limitan la posible expansión retroactiva de registros históricos y elevan el estándar probatorio en acciones de nulidad y procedimientos de infracción basados en la complementariedad de productos tecnológicos. La mera convergencia funcional no basta para demostrar similitud ni riesgo de confusión. Al mismo tiempo, se fortalece la posibilidad de coexistencia de signos distintivos cuando los bienes pertenecen a categorías comerciales diferenciadas dentro del mercado digital.
Se recomienda a partir de estas tesis que los titulares de marcas deben revisar y actualizar sus estrategias de protección registral en sectores tecnológicos y digitales. Resulta conveniente obtener registros específicos para nuevas categorías de productos y servicios, en lugar de depender de interpretaciones amplias de coberturas históricas. En controversias, el análisis deberá sustentarse en evidencia concreta sobre canales de comercialización, consumidores, función, naturaleza y dependencia económica de los bienes confrontados.
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