
Derechos de Autor e Inteligencia Artificial: Análisis de la Resolución AIPPI Q295.
29 de octubre de 2025
Durante el reciente Congreso Mundial de AIPPI 2025 en Yokohama, grupos nacionales de todo el mundo debatieron y adoptaron la Resolución Q295 sobre Derechos de Autor e Inteligencia Artificial (IA).
Dos de los grandes temas que hoy se discuten en la intersección entre los derechos de autor y la IA tienen que ver con los contenidos que entran a la IA (entrenamiento) y los que salen (resultado). Resultan interesantes los siguientes puntos de la Resolución Q925:
Entrenamiento
- Regla general: El uso de obras protegidas para entrenar IA solo debe permitirse con autorización o bajo alguna excepción.
- Excepciones existentes: Las excepciones y limitaciones de usos de obra que ya existen en cada jurisdicción deben aplicarse también para usos de entrenamiento de IA.
- Excepciones ad-hoc: Debe existir una excepción específica para entrenamiento de IA para casos en los que no exista fin de lucro y exista interés público.
- Parámetro de Berna: Cualquier excepción debe cumplir con la regla de 3 pasos del Convenio de Berna.
- Sistema opt out: Cuando una jurisdicción ya permita el entrenamiento de IA sin previa autorización del titular de las obras, el titular debe tener el derecho a optar por no permitir el uso de sus obras, y si no ejerce ese derecho entonces tiene el derecho a ser compensado económicamente por dichos usos.
- Transparencia: El responsable del sistema de IA debe informar/transparentar las obras protegidas que utiliza para su entrenamiento y también las obras protegidas que los usuarios de la IA introducen, para que los titulares puedan identificarlas y ejercer sus derechos.
Resultado
- Regla general: Las reglas que ya existen sobre infracciones de derechos de autor deben aplicarse también a los resultados que genera un sistema de IA entrenado.
- Idea/estilo: Un resultado de IA no debe ser considerado infractor solo por tener el “mismo estilo” que una obra protegida utilizada para su entrenamiento.
- Derechos morales: El autor de una obra debe tener el derecho a oponerse a su alteración si perjudica su honor o reputación.
- Entrada vs. salida: Un resultado de IA no debe ser considerado infractor de una obra solo porque dicha obra se haya infringido al entrenar la IA.
- Autorizaciones/excepciones: Su aplicación debe ser estricta, de modo que un resultado de IA podría infringir una obra, aunque dicha obra se haya usado para entrenar la IA bajo una delimitada autorización/excepción.
- Sujetos responsables: Un resultado de IA que resulte infractor puede tener como sujetos responsables a: (1) el proveedor del sistema de IA, (2) quien explota comercialmente el sistema de IA y/o (3) quien utiliza el sistema de IA con el propósito de crear resultados infractores.
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