
¿Estética o Utilidad? La Sala Especializada en materia de Propiedad Intelectual fija un precedente clave sobre Modelos de Utilidad
12 de febrero de 2026
Recientemente la Sala Especializada en materia de Propiedad Intelectual del Tribunal Federal de Justicia Administrativa (SEPI-TFJA) fijó un procedente único en materia de modelos de utilidad, al anular un registro de modelo de utilidad por considerar que el mismo no cumple con el requisito de utilidad o ventaja novedosa.
El fondo del asunto se centró en determinar si un botón cuya principal característica era ser “intercambiable” en una agujeta flexible merecía la protección como modelo de utilidad. La Sala concluyó que no, bajo el argumento que la intercambiabilidad aporta solo un valor estético o de diseño, pero no una ventaja técnica real que mejorara la función del objeto.
La disputa técnica resalta que un modelo de utilidad se define por sus características mecánicas y estructurales nuevas, dado que la técnica anterior describía dispositivos similares, la Sala concluyó que el IMPI no hizo una adecuada valoración del arte previo, que detallaba mecanismos parecidos.
Esta sentencia aclarando la línea divisoria entre lo que se puede proteger como modelo de utilidad, establece que para su registro se debe cumplir con:
- Novedad Absoluta: No debe existir registro previo en el “estado de la técnica”.
- Configuración Estructural: La innovación debe ser mecánica. Si el cambio es solo visual o para que el objeto se vea diferente, estaríamos ante un diseño industrial.
- Ventaja Técnica: Debe existir una mejora demostrable en el funcionamiento, uso o fabricación. En este caso, la Sala determinó que no hubo un salto que optimizara el mecanismo de cierre respecto a lo ya conocido.
Es común confundir patente, modelo de utilidad y diseño industrial pero la clave reside en la actividad inventiva:
- Patente: Requiere que el invento no sea obvio para un técnico en la materia.
- Modelo de Utilidad: Se considera una invención menor, pues puede ser obvia para un técnico, pero obligatoriamente debe de resultar en mejoras en su funcionamiento.
De este modo, el Modelo de Utilidad es una herramienta poderosa para proteger soluciones prácticas y reformas mecánicas que optimizan el uso cotidiano. Sin embargo, este precedente nos resalta que la exclusividad no se otorga por cambios ornamentales, sino por innovaciones que resuelven problemas técnicos reales.
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