Iniciativa de reformas a la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial.

18 de septiembre de 2025

El 15 de septiembre de 2025, se publicó en la Gaceta del Senado la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial en Materia de Transferencia de Tecnología y para Simplificar el Proceso de Patentes y Registros que fue presentada por la Titular del Poder Ejecutivo Federal.

 

Los puntos más relevantes de la Iniciativa incluyen lo siguiente:

  • Se crea la figura de solicitud provisional de patente.
  • Se establecen plazos para que el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) emita las resoluciones definitivas.
  • Se contempla instaurar la figura de la afirmativa ficta, en caso de silencio administrativo por parte el IMPI, por lo que una vez que transcurran los plazos legales más quince días improrrogables se entenderán resueltas en sentido afirmativo.
  • Se incorpora a la ley la restauración de la fecha de prioridad de las solicitudes de patentes y diseños industriales.
  • Se busca incluir el restablecimiento de derecho de la solicitud de patente.
  • Se establece el reclamo de titularidad de una patente o un registro de modelo de utilidad o de diseño industrial.
  • Se contempla la emisión de certificados complementarios de protección para patentes farmacéuticas por retrasos injustificados en la emisión del registro sanitario correspondiente.
  • Se incluyen nuevos impedimentos a los registros de marcas. No se otorgará el registro marcario cuando el signo propuesto a registro sea igual o semejante a títulos de publicaciones y difusiones periódicas, personajes ficticios o simbólicos, personajes humanos de caracterización, nombres artísticos y denominaciones de grupos artísticos. Asimismo, no se registrarán signos que sean iguales o semejantes a elementos del patrimonio cultural de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas.
  • Se contempla el ambush marketing como acto de competencia desleal.
  • Se incorpora el lenguaje inclusivo en el cuerpo de toda la ley.
  • Se estable la sanción de conductas infractoras, aun cuando hayan sido cometidas con Inteligencia Artificial.
  • Se incluyen nuevas marcas no tradicionales: de posición, de movimiento y multimedia.

 

Cabe señalar que estaremos dando seguimiento al proceso legislativo de discusión y aprobación de esta importante Iniciativa.