Modificación reciente sobre el número de acciones oficiales emitidas por el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial

11 de marzo de 2026

El 11 de marzo de 2026, el Director General del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial (IMPI) publicó en el Diario Oficial de la Federación una reforma al artículo 11 del “Acuerdo por el que se establecen los plazos de respuesta a diversos trámites ante el Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial”, en lo relativo al examen de las solicitudes de patente.

Anteriormente, el artículo 11 preveía la posibilidad de que el solicitante atendiera hasta cuatro acciones oficiales durante el trámite del examen de la solicitud. Con la modificación, dicho número se reduce a un máximo de dos acciones oficiales. Este cambio tendrá un impacto relevante en la tramitación de patentes en México.

No obstante que, en la experiencia de este despacho, únicamente entre el 15% y el 25% de las solicitudes presentadas llegan a una tercera o cuarta acción oficial, en atención a la práctica restrictiva en materia de solicitudes divisionales,  la inexistencia de un procedimiento de continuación de examen y  la inadmisibilidad de modificaciones a las reivindicaciones posteriores a la concesión o a la emisión de la denegación de la patente, toda materia adicional que se pretenda proteger deberá incorporarse a la solicitud a la brevedad y, en todo caso, antes de la emisión del aviso de concesión o, según corresponda, de la denegación.