Nuevo criterio jurisprudencial sobre consentimiento digital en

e-commerce 

09 de julio de 2025

La Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación ha emitido una jurisprudencia que redefine el estándar legal sobre el consentimiento del consumidor en compras por Internet.

La Corte resolvió que no basta con que las políticas de compra y entrega estén publicadas en el sitio web. Para que el consentimiento del consumidor sea válido, debe acreditarse que tuvo acceso real, visible y verificable a dichas políticas justo al momento de realizar la compra.

Esto implica que prácticas comunes como incluir un enlace a los términos o una casilla de aceptación genérica ya no son suficientes por sí solas.

Este criterio impacta directamente a empresas que utilizan contratos de adhesión, aplican cargos adicionales o establecen condiciones específicas de entrega. Si no se garantiza que el consumidor vio y aceptó expresamente esas condiciones, se corren riesgos de diversa índole como nulidad de cláusulas contractuales, reclamaciones ante PROFECO y la vulnerabilidad jurídica en caso de controversias que esto representa.

Desde una perspectiva preventiva, sugerimos la pronta revisión de procesos actuales, identificación de áreas de mejora e implementación de medidas que aseguren cumplimiento normativo sin comprometer la experiencia del cliente

Enlace al registro digital 2030673: click aquí

Verónica Siten , Consultor de protección de datos