
Reforma a la Ley Federal de Protección al Consumidor: cancelación de suscripciones y cargos recurrentes.
18 de diciembre de 2025
El 12 de diciembre de 2025 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto que adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), en materia de suscripciones, membresías y servicios con cobro automático recurrente, el cual entró en vigor al día siguiente de su publicación.
Esta reforma tiene como objetivo reforzar la protección al consumidor, incrementando la transparencia y el control sobre los cargos recurrentes.
Puntos clave de la reforma:
A partir de esta modificación, los proveedores deberán:
- Informar de manera clara, destacada y accesible si el servicio implica cobros automáticos recurrentes, incluyendo periodicidad, monto y fecha de cargo.
- Obtener el consentimiento expreso e informado del consumidor para dichos cobros.
- En caso de renovación automática, notificar al menos con cinco días naturales de anticipación, permitiendo la cancelación sin penalización.
- Implementar mecanismos que permitan la cancelación inmediata de la suscripción, membresía o servicio, sin obstáculos injustificados.
¿A quién impacta?
- La reforma aplica a todos los proveedores que ofrezcan servicios o productos bajo esquemas de cobro recurrente, incluidos servicios digitales, membresías, suscripciones y contratos de tracto sucesivo, conforme a la LFPC.
Ante esta reforma, recomendamos revisar y, en su caso, actualizar contratos de adhesión, términos y condiciones, flujos de contratación y mecanismos de cancelación, para asegurar su cumplimiento y reducir riesgos regulatorios ante PROFECO.
Nuestro equipo está disponible para apoyarte en la evaluación de impacto, adecuación de documentos y ajustes operativos que sean necesarios. Si tienes dudas o quieres revisar tu caso específico, puedes contactar a nuestros especialistas.
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