
ALERTA REGULATORIA | México Aprueba la “Cancelación Fácil” de Servicios Digitales
06 de noviembre de 2025
El panorama regulatorio para la economía digital en México ha experimentado una transformación significativa. El pasado 5 de noviembre, el Congreso de la Unión completó el proceso legislativo, aprobando por unanimidad en el Senado una reforma crucial que impacta directamente a todas las empresas que ofrecen servicios mediante suscripciones, membresías o cualquier modalidad de cobros recurrentes.
Esta reforma, que adiciona las fracciones VIII y IX al artículo 76 Bis de la Ley Federal de Protección al Consumidor (LFPC), ha sido turnada al Ejecutivo para su publicación en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y su inminente entrada en vigor.
La intención del legislador es inequívoca y ha sido resumida en el principio: “Un clic para entrar, un clic para salir”. El objetivo es erradicar las llamadas “prácticas abusivas” y la fricción deliberada en los procesos de cancelación —conocidos como dark patterns— que buscan retener a los consumidores mediante procesos confusos o complicados.
Para nuestros clientes en los sectores de e-commerce, streaming, SaaS (Software as a Service), FinTech y cualquier plataforma digital con un modelo de recurring charges, la adaptación no es opcional. Es fundamental entender que este no es un cambio que se resuelva simplemente actualizando los “Términos y Condiciones” (T&C); es un mandato que exige modificaciones en el diseño de producto, la ingeniería de software y la interfaz de usuario (UI/UX).
El Nuevo Checklist de compliance digital
La reforma establece un nuevo estándar de transparencia y facilidad procesal. A partir de su entrada en vigor, todos los proveedores de servicios digitales estarán obligados a lo siguiente:
- Transparencia Total en la Contratación: Deberá informar al consumidor, antes de la contratación y de manera “visible y comprensible”, si el servicio implica cargos recurrentes. Esta información debe incluir explícitamente el monto, la frecuencia y la fecha exacta del cobro. Ocultar esta información en la “letra pequeña” o detrás de un hipervínculo ya no será legalmente suficiente.
- Notificación proactiva de renovación: En todos los casos de renovación automática (auto-renewal), el proveedor tendrá la obligación de notificar al consumidor “con al menos cinco días naturales de anticipación” al vencimiento del plazo o al momento de ejecutarse el nuevo cobro. Crucialmente, esta notificación debe permitir al consumidor cancelar el servicio sin penalización alguna antes de que se ejecute el cargo.
- Cancelación Inmediata y sencilla: Esta es la obligación más disruptiva. Las empresas deben implementar “mecanismos de cancelación sencillos, accesibles y sin costo”. La ley exige que la cancelación pueda realizarse de manera “inmediata” , prohibiendo explícitamente “penalizaciones injustificadas” y “procesos complicados”. Esto marca el fin de prácticas de retención forzosas, como exigir la cancelación únicamente por vía telefónica o a través de múltiples menús ocultos.
- Consentimiento expreso para aumentos de tarifa: La reforma pone fin al consentimiento tácito para los aumentos de precios. Cualquier ajuste o incremento en las tarifas de los servicios requerirá el “consentimiento expreso e informado” del consumidor para poder aplicar el nuevo cobro. Si el cliente no acepta activamente (opt-in) el nuevo precio, el servicio no podrá renovarse bajo la nueva tarifa.
Riesgo de incumplimiento
La Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) será la entidad encargada de vigilar el cumplimiento de estas nuevas fracciones y estará facultada para imponer las “sanciones previstas en la ley”. Dado que esta reforma se origina, en gran parte, por el alto volumen de quejas por cobros no reconocidos y dificultades para cancelar servicios, anticipamos un enforcement activo y ejemplar por parte de la autoridad.
Pasos inmediatos
Para los sectores de e-commerce, streaming, SaaS, FinTech y cualquier plataforma que ofrezca servicios con recurring charges, la adaptación no es opcional y el tiempo apremia.
Esta reforma requiere una auditoría doble: una legal, sobre sus contratos de adhesión (T&C), y una técnica, sobre sus flujos de pago y cancelación. Operar bajo las reglas antiguas, aunque sea por inercia, constituirá un incumplimiento directo que puede resultar en sanciones y daño reputacional.
Es un momento crítico para revisar proactivamente sus Términos y Condiciones, sus políticas de cancelación y sus flujos de interfaz de usuario (UI/UX) para alinearlos con este nuevo estándar de “cancelación fácil”.
Nuestro equipo de expertos en Regulación Digital y Compliance está a su disposición para realizar un análisis de brechas (gap analysis) de sus operaciones actuales, auditar sus plataformas y actualizar toda su documentación contractual para asegurar un full compliance con esta nueva legislación.
Verónica Siten, Consultor de Protección de Datos
Equipo de Tecnologías de la información y comunicaciones (TIC)
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